Ciudadana
Profª Carmen Cecilia Casas de Irazabal
Subdirectora de Docencia
Instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio
Presente.-
Despues de saludarle respetuosamente me dirijo a usted, con la finalidad de hacer de su conocimiento que este Vicerrectorado de Docencia ha recibido el planteamiento de carácter académico sobre prosecución de estudios, formulado por un grupo de estudiantes del Instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio (IMPM), cohortes 2004 y 2005, cursantes de las especialidades Educación Integral, Educación Preescolar y Educación Especial, en nueve (9) sedes de ese Instituto: Mérida (El Vigia), Falcón (Pto. Cumarebo), Apure (San Fernando), Apure (Bruzual), Cojedes, Bolívar, Anzoategui, Guanare y Barinas, quienes a los efectos de viabilizar su prosecución académica, solicitan la implementación en el IMPM “De las Evaluaciones Especiales”, capítulo VI, artículo 21, del Reglamento General de Evaluación Estudiantil de
Se desprende de los planteamientos escritos, formulados por el sector estudiantil, que la problemática académica de prosecución de estudio podría ser consecuencia de elementos derivados de la administración del plan de estudio, de la organización de la oferta académica, tanto en los cursos como en el número de unidades de crédito ofertados por período académico, además del impacto que sobre la administración del plan de estudio y por ende en la prosecución académica del sector estudiantil ha producido la administración del PAENA en
Vista de esta manera,
De tal manera que el Vicerrectorado de Docencia, ente responsable de administrar, coordinar, supervisar y evaluar el Programa de Pregrado en
A corto plazo
Período Académico 2008-II y siguientes:
1. Aplicación en el IMPM de “Las Evaluaciones Especiales”: Reglamento General de Evaluación Estudiantil de
Lapso de aplicación: lapso de adición y retiro de asignaturas, 2008-II y siguientes.
Tipo de proceso: Adición por prueba(s) especial(es)
2. Aplicación en el IMPM del Proceso de Acreditación del Aprendizaje por Experiencia: Reglamento Especial de Acreditación del Aprendizaje por Experiencia (Resolución Nº 2003.247.699.515), en concordancia con Normas y Procedimientos para la tramitación y otorgamiento de Acreditación del Aprendizaje por Experiencia (Resolución Nº. 2003.247.699.516)
Lapso de aplicación: durante el Período Académico 2008-II u otros (en dos oportunidades durante la carrera)
Tipo de proceso: Aplicación por normas.
A mediano plazo
Normalización de la administración de los planes de estudio del IMPM, correspondientes al Diseño Currícular UPEL 1996, prescrita en los lineamientos contenidos en el documento “Parámentros y criterios para normalizar la administración del Diseño Curricular UPEL
En cuanto a la solicitud que formulan los estudiantes del IMPM, de aplicación de las evaluaciones especiales, es criterio de este Vicerrectorado de Docencia que los alumnos regulares de
A los efectos de aplicacion en el IMPM, de las evaluaciones especiales en el Período Académico 2008-II, este debe proceder durante el lapso del proceso de adición y retiro de asignaturas de este Período Académico, y a tal efecto
Sin otro particular, me despido de usted.
Atentamente,
FRANCIA CELIS DE SOTO
Vicerrectora de Docencia
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